Cómo pagar el Impuesto de Sucesiones y aceptar una herencia con deudas
Heredar un inmueble no siempre significa recibir liquidez inmediata. El Impuesto de Sucesiones hay que pagarlo en plazo, exista o no dinero disponible. La solución más directa suele ser hipotecar el propio bien o bienes heredados —la herencia y el préstamo pueden firmarse el mismo día ante notario— para obtener la liquidez necesaria: pagar impuestos, cubrir gastos derivados de la herencia e incluso reformar el inmueble si el objetivo final es venderlo en mejores condiciones.
El problema real: heredar un activo, no dinero
Es habitual heredar una vivienda y, al mismo tiempo, no disponer de ahorros suficientes para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que en España debe liquidarse, con carácter general, en los 6 meses siguientes al fallecimiento (con posibilidad de solicitar una prórroga de otros 6 meses dentro de los primeros 5). Si el heredero no dispone de esa liquidez, se enfrenta a un problema concreto: un bien valioso, pero sin dinero en la mano para cumplir con Hacienda.
La vía más habitual para resolverlo es hipotecar el propio inmueble heredado y usar esa liquidez para cubrir el Impuesto de Sucesiones, la Plusvalía Municipal, los gastos de notaría y registro, e incluso para financiar una reforma previa a la venta si el objetivo final es vender el inmueble en mejores condiciones de mercado.
Herencia y préstamo, firmados el mismo día
No necesitas tener la herencia inscrita a tu nombre para obtener la financiación. La escritura de aceptación y adjudicación de herencia y la escritura del préstamo pueden firmarse ante notario el mismo día, en unidad de acto: aceptas la herencia y, acto seguido, firmas el préstamo con garantía sobre el inmueble que acabas de adjudicarte. Esto rompe el círculo vicioso clásico — "no puedo pagar el Impuesto de Sucesiones porque no tengo liquidez, y no puedo disponer del inmueble porque no he pagado el impuesto" — porque la liquidez del préstamo sirve precisamente para pagar Sucesiones, plusvalía y el resto de gastos. Todo se resuelve en una sola visita al notario.
Gestión integral: también preparamos la herencia
No necesitas contratar un despacho de abogados por tu cuenta para poder llegar a la firma: nos encargamos de la gestión integral de la operación. Preparamos la adjudicación de la herencia — incluso cuando no hay testamento y es necesario tramitar previamente la declaración de herederos — y, en paralelo, la obtención de la financiación, coordinándolo todo para que ambas escrituras lleguen juntas a la firma ante notario.
Un solo interlocutor para todo el proceso: la herencia, el préstamo y la coordinación con la notaría. Tú aportas la documentación; del resto nos ocupamos nosotros.
Cuándo tiene sentido financiar una herencia
- Existe un plazo fiscal ajustado y no hay liquidez disponible de otra forma
- El inmueble heredado tiene valor suficiente para servir de garantía
- Se necesita liquidez para reformar el inmueble antes de venderlo, mejorando su precio final de venta
- Hay voluntad de quedarse con el bien y no de venderlo de forma urgente
- Se ha comparado el coste de la financiación puente frente a una venta apresurada por debajo de mercado
- La herencia tiene más deudas que activos (ver renuncia o aceptación a beneficio de inventario)
- Existen varios herederos sin acuerdo claro sobre el destino del inmueble
- La venta directa del bien es una opción más simple y sin coste financiero adicional
Herencias con más deudas que bienes
Antes de aceptar cualquier herencia, conviene valorar si el fallecido dejó más deudas que patrimonio. El Código Civil permite dos vías de protección para el heredero:
- Renuncia a la herencia: el heredero no recibe nada, pero tampoco responde de ninguna deuda.
- Aceptación a beneficio de inventario: el heredero acepta, pero solo responde de las deudas hasta el valor de los bienes heredados, sin comprometer su patrimonio personal.
Esta decisión debe tomarse con asesoramiento legal específico antes de firmar nada, porque una aceptación pura y simple compromete el patrimonio personal del heredero frente a las deudas del fallecido.
Qué puede cubrir la liquidez obtenida al hipotecar el bien heredado
Hipotecar el inmueble heredado permite obtener liquidez de una sola vez para cubrir todo el conjunto de gastos derivados, no solo el impuesto principal:
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones — el gasto que suele generar más urgencia por su plazo fiscal
- Plusvalía Municipal, notaría y registro — gastos administrativos ligados a la propia aceptación de la herencia
- Reparto entre coherederos — si uno de los herederos quiere compensar económicamente a los demás para quedarse con el inmueble
- Reforma del inmueble antes de venderlo — cuando el objetivo final es vender, una reforma bien dirigida puede aumentar el precio de venta por encima del coste de la financiación empleada, especialmente en viviendas heredadas con años sin actualizar
- Vender con calma un inmueble de la herencia — la liquidez permite pagar los impuestos en plazo y esperar a vender a buen precio, en vez de malvender por urgencia fiscal
Otros gastos habituales al heredar una vivienda
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones (varía según comunidad autónoma)
- Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos)
- Honorarios de notaría por la escritura de aceptación de herencia
- Inscripción en el Registro de la Propiedad
Alternativas a valorar antes
- Solicitar aplazamiento o fraccionamiento del Impuesto de Sucesiones ante la Administración autonómica
- Venta del inmueble tras la aceptación, si no hay interés en conservarlo
- Acuerdo entre coherederos para que uno compre la parte de los demás
- Financiación bancaria tradicional, si el perfil del heredero cumple los criterios estándar
Preguntas frecuentes
Conclusión
Heredar una vivienda no resuelve automáticamente un problema de liquidez a corto plazo: el Impuesto de Sucesiones se paga en plazo, con dinero disponible o sin él. Hipotecar el propio bien heredado —con herencia y préstamo firmados el mismo día ante notario— es la vía más directa para obtener esa liquidez de una sola vez — no solo para el impuesto, sino también para el resto de gastos derivados e incluso para reformar el inmueble si el objetivo es venderlo en mejores condiciones. Antes de decidir, conviene valorar con calma si conservar el bien es la mejor opción, o si existen deudas que aconsejan no aceptar la herencia sin protección legal previa.
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